MODIFICACIONES EN EL REGLAMENTO DE CIRCULACIÓN
Desde el 29 de enero, el nuevo límite de velocidad en carreteras convencionales para coches y motos es de 90 km/h, y de 80 km/h para el resto de vehículos,(camiones, autobuses, caravanas, transporte escolar, vehículos con remolque…). Esta reducción a 90 km/h no sucederá en todas las carreteras convencionales: en aquellas con separación física de los dos sentidos de circulación la ley permite que el titular de la vía fije un límite máximo todavía de 100 km/h para turismos, motocicletas y autocaravanas con masa máxima autorizada igual o inferior a 3.500 kg.
Según informa la propia DGT, los coches y motos podrán superar el límite de velocidad en hasta 20 km/h al adelantar, siempre que el coche precedente circule ya por debajo de 90 km/h. Es decir, como máximo podemos adelantar a 109 kilómetros por hora, ya que el vehículo adelantado tiene que circular siempre como hemos dicho por debajo de 90.
La modificación del Reglamento de Circulación aprobada ahora no modifica la velocidad máxima del resto en las carreteras convencionales. Autobuses, vehículos derivados de turismo y vehículos mixtos adaptables seguirán pudiendo circular a 90 kmn/h, mientras camiones, tractocamiones, furgonetas, autocaravanas de masa máxima autorizada superior a 3.500 kg, vehículos articulados, automóviles con remolque y resto de vehículos lo harán a 80 km/h.
Modificación de las sanciones.
Circular por encima de 91 km/h en las carreteras convencionales sin separación de los dos sentidos de la circulación, conllevará una sanción a partir de 100 euros.
La pérdida de puntos llegará además ahora a partir de los 121 km/h, en vez de los 131 km/h como sucedía hasta ahora. Que serán dos en velocidades hasta 140 km/h.
Será comisión de Delito, circular por las carreteras secundarias por encima de 170 km/h (80 kilómetros por hora más por encima del límite máximo) en los tramos con velocidad genérica.
Nuevo límite de velocidad para carreteras no asfaltadas
La modificación del Reglamento General de Circulación incluye también otra importante novedad, en carreteras no asfaltadas, el nuevo límite máximo de velocidad será como máximo a 30 km/h.